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Programa Kit Digital: ayudas para digitalizar tu pyme o negocio autónomo

El Programa Kit Digital financia soluciones tecnológicas para pymes, microempresas y autónomos de toda España con un bono digital de 3.000 a 29.000 €.

¿Qué es el Programa Kit Digital?

Kit Digital es un programa del Gobierno de España para que pymes y autónomos incorporen soluciones digitales: página web, comercio electrónico, gestión de clientes, factura electrónica o ciberseguridad, entre otras.

Lo gestiona Red.es, entidad pública adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y se financia con los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su presupuesto es de 3.067 millones de euros.

+938.036

ayudas concedidas a pymes y autónomos

+3.097.076

empleados en las empresas beneficiarias

93 %

de los municipios de España con alguna empresa beneficiaria

Fuente: Red.es, datos a 13/10/2026.

Importe del bono del Kit Digital según el tamaño de la empresa

La ayuda se concede como un bono digital: un saldo para contratar soluciones del catálogo cuya cuantía depende del número de empleados de la empresa.

Importe del bono digital según el número de empleados

Segmento III · de 0 a 2 empleados3.000 €

Segmento II · de 3 a 9 empleados6.000 €

Segmento I · de 10 a 49 empleados12.000 €

Segmento IV · de 50 a 99 empleados25.000 €

Segmento V · de 100 a 249 empleados29.000 €

Fuente: Bases reguladoras del Programa Kit Digital (BOE).

El bono de las empresas de 0 a 2 empleados (Segmento III) se amplió de 2.000 a 3.000 €, y desde 2024 el programa incluye también a las medianas empresas (Segmentos IV y V).

Soluciones que se pueden contratar con el Kit Digital

El bono se gasta contratando soluciones del catálogo de Kit Digital a un agente digitalizador adherido. El importe máximo de cada solución depende del segmento de la empresa.

  • Sitio web y presencia en internet, y presencia avanzada en internet.
  • Comercio electrónico y venta en marketplaces.
  • Gestión de redes sociales.
  • Gestión de clientes (CRM).
  • Business intelligence y analítica.
  • Gestión de procesos (ERP).
  • Factura electrónica.
  • Oficina virtual y puesto de trabajo seguro.
  • Comunicaciones seguras, ciberseguridad y servicio de ciberseguridad gestionada.
  • Soluciones con inteligencia artificial para la gestión de procesos, la gestión de clientes y el business intelligence.

El catálogo completo, con el importe de cada solución, está en la web oficial de Kit Digital.

Requisitos del Kit Digital

Entre otros, la empresa o el autónomo debe:

  • Tener domicilio fiscal en España y menos de 250 empleados.
  • Estar inscrito en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria o en el equivalente foral.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No ser una empresa en crisis.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Haber hecho el test de diagnóstico digital en la plataforma Acelera pyme.

Los requisitos completos están en las bases reguladoras del Programa Kit Digital (Orden ETD/1498/2021 y sus modificaciones).

Cómo solicitar el Kit Digital

Convocatoria cerrada: ahora mismo no se puede solicitar el bono. Activa las alertas y te avisaremos si Red.es publica una nueva.

Las convocatorias para pequeñas empresas cerraron por calendario: la de los Segmentos I y II el 31 de diciembre de 2024 y la del Segmento III el 31 de octubre de 2025. Red.es no ha anunciado una convocatoria nueva.

Las bases siguen vigentes hasta que se agoten los fondos del programa: si quedan fondos, Red.es puede conceder el bono a solicitudes ya presentadas que se quedaron sin financiación (Orden TDF/39/2026).

Cuando hay convocatoria abierta, el proceso es:

  1. Test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.
  2. Solicitud del bono en la sede electrónica de Red.es.
  3. Acuerdo con un agente digitalizador adherido, con 6 meses desde la concesión para firmarlo.
  4. Implantación de la solución (fase 1, hasta 3 meses) y prestación del servicio (fase 2, 12 meses).

Ayudasempresa es un portal informativo independiente. No representa a Red.es, al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ni a ninguna administración pública. La información procede de las fuentes oficiales citadas y puede haber cambiado: consulta siempre la convocatoria oficial.

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Preguntas frecuentes sobre Kit Digital

¿Quiénes pueden solicitar las ayudas y cuál es la cuantía del bono digital?

Pueden acceder al programa las pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo con domicilio fiscal en España. La cuantía del bono depende del número de empleados:

  • Segmento I (10 a menos de 50 empleados): bono digital de 12.000 €.
  • Segmento II (3 a menos de 10 empleados): bono digital de 6.000 €.
  • Segmento III (0 a menos de 3 empleados): bono digital de 3.000 €.
  • Segmento IV (50 a menos de 100 empleados): bono digital de 25.000 €.
  • Segmento V (100 a menos de 250 empleados): bono digital de 29.000 €.
¿Qué requisitos deben cumplirse para acceder a la subvención?

Para obtener la condición de beneficiario hay que cumplir, entre otros, estos requisitos:

  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria o equivalente foral.
  • No ser considerada empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Haber realizado el test de diagnóstico de madurez digital en la plataforma Acelera pyme.
¿Cómo se utiliza el «bono digital» y qué costes debe asumir la empresa beneficiaria?

El bono digital es un derecho de cobro que el beneficiario cede a un agente digitalizador adherido: la empresa elige una solución del Catálogo de Soluciones y firma con el digitalizador un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

La empresa solo paga de su bolsillo los impuestos (IVA o IGIC), que no son subvencionables, y lo que supere el importe del bono.

¿Cuáles son los plazos clave y las fases tras la concesión de la ayuda?

Desde la concesión, el proceso tiene tres plazos:

  • Firma de acuerdos: hasta 6 meses desde la notificación de la concesión para firmar los acuerdos de prestación con los agentes digitalizadores.
  • Fase 1 (hasta 3 meses): el digitalizador implanta la solución, emite la factura y el beneficiario da su conformidad y paga el IVA.
  • Fase 2 (12 meses): prestación del servicio, mantenimiento y soporte técnico desde la emisión de la factura.
¿Se puede solicitar el Kit Digital ahora?

No. A 14 de octubre de 2026 no hay ninguna convocatoria abierta: la de los Segmentos I y II cerró el 31 de diciembre de 2024 y la del Segmento III, el 31 de octubre de 2025. Activa las alertas y te avisaremos si Red.es publica una nueva.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí, siempre que no financien el mismo gasto y que el total de ayudas recibidas no supere el límite de minimis.

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